> ## Documentation Index
> Fetch the complete documentation index at: https://constitucion.co/llms.txt
> Use this file to discover all available pages before exploring further.

# Artículo 15

> Artículo 15 del I Convenio de Ginebra (Heridos y Enfermos en Campaña)

Búsqueda        En todo tiempo, y especialmente después de un combate, las Partes en con-

de heridos.      flicto tomarán sin tardanza todas las medidas posibles para buscar y recoger

Evacuación       a los heridos y a los enfermos, para protegerlos contra el pillaje y los malos

tratos y proporcionarles la asistencia necesaria, así como para buscar a los

muertos e impedir que sean despojados.

Siempre que las circunstancias lo permitan, se concertará un armisticio, una

interrupción del fuego o acuerdos locales que permitan la recogida, el canje y

el traslado de los heridos abandonados en el campo de batalla.

Podrán concertarse, asimismo, acuerdos locales entre las Partes en conflicto

para la evacuación o el canje de los heridos y de los enfermos de una zona

sitiada o cercada, así como para el paso del personal sanitario y religioso y de

material sanitario con destino a dicha zona.

Los convenios de ginebra de 1949   43
