> ## Documentation Index
> Fetch the complete documentation index at: https://constitucion.co/llms.txt
> Use this file to discover all available pages before exploring further.

# Artículo 55

> Artículo 55 del III Convenio de Ginebra (Prisioneros de Guerra)

Control     La aptitud de los prisioneros de guerra para el trabajo será controlada pe-

médico      riódicamente mediante exámenes médicos, por lo menos una vez al mes. En

estos exámenes habrá de tenerse particularmente en cuenta la naturaleza de

los trabajos que deban realizar.

Si un prisionero de guerra se considera incapaz de trabajar, está autorizado

a presentarse ante las autoridades médicas de su campamento; los médicos

podrán recomendar que se exima del trabajo a los prisioneros que, en su opi-

nión, son ineptos para la faena.
