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# Artículo 140

> Artículo 140 del III Convenio de Ginebra (Prisioneros de Guerra)

Notificación       Las adhesiones serán notificadas por escrito al Consejo Federal Suizo, y surti-

de las      rán efectos seis meses después de la fecha en que éste las haya recibido.

adhesiones         El consejo Federal Suizo comunicará las adhesiones a todas las Potencias en

cuyo nombre se haya firmado el Convenio o notificado la adhesión.
