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# TÍTULO I - DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

> Título I - De Los Principios Fundamentales de la Constitución Política de Colombia

## Artículo 1.º

Colombia es un Estado social
de derecho, organizado en forma de República
unitaria, descentralizada, con autonomía de sus
entidades territoriales, democrática, participativa
y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad
humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.

## Artículo 2.º

Son fines esenciales del Estado:
servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios,
derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación; defender
la independencia nacional, mantener la integridad
territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Las autoridades de la República están instituidas
para proteger a todas las personas residentes en
Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y
demás derechos y libertades, y para asegurar el
cumplimiento de los deberes sociales del Estado y
de los particulares

## Artículo 3.º

La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por
medio de sus representantes, en los términos que
la Constitución establece.

## Artículo 4.º

La Constitución es norma de
normas. En todo caso de incompatibilidad entre la
Constitución y la ley u otra norma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales.

Es deber de los nacionales y de los extranjeros
en Colombia acatar la Constitución y las leyes, y
respetar y obedecer a las autoridades.

## Artículo 5.º

El Estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como
institución básica de la sociedad.

## Artículo 6.º

Los particulares solo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución y las leyes. Los servidores públicos lo son por
la misma causa y por omisión o extralimitación en
el ejercicio de sus funciones.

## Artículo 7.º

El Estado reconoce y protege la
diversidad étnica y cultural de la nación colombiana.

## Artículo 8.º

Es obligación del Estado y de las
personas proteger las riquezas culturales y naturales de la nación.

## Artículo 9.º

Las relaciones exteriores del Estado se fundamentan en la soberanía nacional, en
el respeto a la autodeterminación de los pueblos y
en el reconocimiento de los principios del derecho
internacional aceptados por Colombia.

De igual manera, la política exterior de Colombia
se orientará hacia la integración latinoamericana y
del Caribe.

## Artículo 10.º

El castellano es el idioma oficial de Colombia. Las lenguas y dialectos de los
grupos étnicos son también oficiales en sus territorios. La enseñanza que se imparta en las comunidades con tradiciones lingüísticas propias será
bilingüe.
