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# Artículo 127

> Artículo 127 de la Constitución Política de Colombia

<Warning>Modificado por el Acto Legislativo No. 02 de 2015, artículo 3°.Deróguense los incisos 5° y 6° del artículo 127 de la Constitución Política. </Warning>

Los servidores públicos no podrán celebrar, por sí o por interpuesta persona, o en representación de otro, contrato alguno con entidades públicas o con personas privadas que manejen o administren recursos públicos, salvo las excepciones legales.

A los empleados del Estado que se desempeñen en la Rama Judicial, en los órganos electorales, de control y de seguridad les está prohibido tomar parte en las actividades de los partidos y movimientos y en las controversias políticas, sin perjuicio de ejercer libremente el derecho al sufragio. A los miembros de la Fuerza Pública en servicio activo se les aplican las limitaciones contempladas en el artículo 219 de la Constitución.

Los empleados no contemplados en esta prohibición solo podrán participar en dichas actividades y controversias en las condiciones que señale la Ley Estatutaria.

La utilización del empleo para presionar a los ciudadanos a respaldar una causa o campaña política constituye causal de mala conducta.

<Accordion title="Artículo Modificado por el Acto Legislativo No. 02 de 2004, artículo 1°. [Modificanse los incisos 2º y 3º d]el artículo 127 de la Constitución Política [y adiciónanse dos incisos finales al mismo artículo,] así:">
  ```txt theme={null}
  Los servidores públicos no podrán celebrar, por si o por interpuesta
  persona, o en representación de otro, contrato alguno con entidades
  publicas o con personas privadas que manejen o administren recursos
  públicos, salvo las excepciones legales.

  A los empleados del Estado que se desempeñen en la Rama Judicial, en
  los órganos electorales, de control y de seguridad les está prohibido
  tomar parte en las actividades de los partidos y movimientos y en las
  controversias políticas, sin perjuicio de ejercer libremente el
  derecho al sufragio. A los miembros de la Fuerza Pública en servicio
  activo se les aplican las limitaciones contempladas en el artículo 219
  de la Constitución.

  Los empleados no contemplados en esta prohibición solo podrán
  participar en dichas actividades y controversias en las condiciones
  que señale la Ley Estatutaria.

  La utilización del empleo para presionar a los ciudadanos a respaldar
  una causa o campaña política constituye causal de mala conducta.

  Cuando el Presidente y el Vicepresidente de la República presenten sus
  candidaturas, solo podrán participar en las campañas electorales desde
  el momento de su inscripción. En todo caso dicha participación solo
  podrá darse desde los cuatro (4) meses anteriores a la fecha de la
  primera vuelta de la elección presidencial, y se extenderá hasta la
  fecha de la segunda vuelta en caso de que la hubiere. La Ley
  Estatutaria establecerá los términos y condiciones en los cuales,
  antes de ese lapso, el Presidente o el Vicepresidente podrán
  participar en los mecanismos democráticos de selección de los
  candidatos de los partidos o movimientos políticos.

  Durante la campaña, el Presidente y el Vicepresidente de la República
  no podrán utilizar bienes del Estado o recursos del Tesoro Público,
  distintos de aquellos que se ofrezcan en igualdad de condiciones a
  todos los candidatos. Se exceptúan los destinados al cumplimiento de
  las funciones propias de sus cargos y a su protección personal, en los
  términos que señale la Ley Estatutaria.
  ```
</Accordion>

<Accordion title="Artículo modificado 13/06/1991:">
  ```txt theme={null}
  Los servidores públicos no podrán celebrar, por si o por interpuesta
  persona, o en representación de otro, contrato alguno con entidades
  publicas o con personas privadas que manejen o administren recursos
  públicos, salvo las excepciones legales.

  A los empleados del Estado y de sus entidades descentralizadas que
  ejerzan jurisdicción, autoridad civil o política, cargos de dirección
  administrativa, o se desempeñen en los órganos judicial, electoral, de
  control, les esta prohibido tomar parte en las actividades de los
  partidos y movimientos y en las controversias políticas, sin perjuicio
  de ejercer libremente el derecho al sufragio.

  Los empleados no contemplados en esta prohibición podrán participar en
  dichas actividades y controversias en las condiciones que señale la
  ley.

  La utilización del empleo para presionar a los ciudadanos a respaldar
  una causa o campaña política constituye causal de mala conducta.
  ```
</Accordion>

<Accordion title="Artículo original antes de la modificación:">
  ```txt theme={null}
  Los servidores públicos no podrán celebrar, por sí o por interpuesta
  persona, o en representación de otro, contrato alguno con entidades
  públicas o con personas privadas que manejen o administren recursos
  públicos, salvo las excepciones legales.
  ```
</Accordion>
