- El Comité aprobará su propio reglamento.
- El Comité elegirá su Mesa por un período de dos años.
- El Comité se reunirá ordinariamente todos los años.
- Las reuniones del Comité se celebrarán ordinariamente en la Sede de las Naciones Unidas.
Parte VII — Aplicación de la Convención
Artículo 75
Artículo 75 de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares
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