- Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.
- Entre las medidas que deberán adoptar los Estados Partes en el Pacto a fin de asegurar la plena efectividad de este derecho, figurarán las necesarias para:
Parte III
Artículo 12
Artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
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