- La presente Convención, cuyos textos en árabe, chino, español, francés, inglés y ruso son igualmente auténticos, será depositada en poder del Secretario General de las Naciones Unidas.
- El Secretario General de las Naciones Unidas remitirá copias certificadas de la presente Convención a todos los Estados mencionados en el artículo 38.
Parte III
Artículo 45
Artículo 45 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas
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