Artículo 95
Artículo 95 de la Constitución Política de Colombia
La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional. Todos están en el deber de engrandecerla y dignificarla. El ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en esta Constitución implica responsabilidades.
Toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes.
Son deberes de la persona y del ciudadano:
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Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios;
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Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas;
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Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas para mantener la independencia y la integridad nacionales.
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Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica;
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Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país;
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Propender al logro y mantenimiento de la paz;
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Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia;
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Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano;
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Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad.