Capítulo 3 - De la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Capítulo 3A - De la Jurisdicción Agraria y Rural
Capítulo 4 - De la Jurisdicción Constitucional
Capítulo 5 - De las Jurisdicciones Especiales
Capítulo 6 - De la Fiscalía General de la Nación
Capítulo 7 - Gobierno y Administración de la Rama Judicial
Título IX - De las elecciones y de la organización electoral
Capítulo 1 - Del Sufragio y de las Elecciones
Capítulo 2 - De las Autoridades Electorales
Título X - De los organismos de control
Capítulo 1 - De la Contraloría General de la República
Capítulo 2 - Del Ministerio Público
Título XI - De la organización territorial
Capítulo 1 - De las disposiciones generales
Capítulo 2 - Del Régimen Departamental
Capítulo 3 - Del Régimen Municipal
Capítulo 4 - Del Régimen Especial
Título XII - Del régimen económico y de la hacienda pública
Capítulo 1 - De las disposiciones generales
Capítulo 2 - De los Planes de Desarrollo
Capítulo 3 - Del Presupuesto
Capítulo 4 - De la distribución de recursos y de las competencias
Capítulo 5 - De la finalidad social del Estado y de los servicios públicos
Capítulo 6 - De la Banca Central
Título XIII - De la reforma de la Constitución & Disposiciones transitorias
De La Reforma De La Constitución
Disposiciones Transitorias - Capítulo 1
Disposiciones Transitorias - Capítulo 2
Disposiciones Transitorias - Capítulo 3
Disposiciones Transitorias - Capítulo 4
Disposiciones Transitorias - Capítulo 5
Disposiciones Transitorias - Capítulo 6
Disposiciones Transitorias - Capítulo 7
Disposiciones Transitorias - Capítulo 8
Título Transitorio - De Las Normas Para La Terminación Del Conflicto Armado Y La Construcción De Una Paz Estable Y Duradera
Capítulo I - Sistema Integral De Verdad, Justicia, Reparación Y No Repetición
Capítulo II - Comisión Para El Esclarecimiento De La Verdad, La Convivencia Y La No Repetición Y Unidad De Búsqueda De Personas Dadas Por Desaparecidas En El Contexto Y En Razón Del Conflicto Armado
Capítulo III - Jurisdicción Especial Para La Paz
Capítulo IV - Reparación Integral En El Sistema Integral De Verdad, Justicia, Reparación Y No Repetición
Capítulo V - Extradición
Capítulo VI - Participación En Política
Capítulo VII - De Las Normas Aplicables A Los Miembros De La Fuerza Pública Para La Terminación Del Conflicto Armado Y La Construcción De Una Paz Estable Y Duradera
Capítulo VIII - Prevalencia Del Acuerdo Final Para La Terminación Del Conflicto Armado Y La Construcción De Una Paz Estable Y Duradera
Modificado por el Acto Legislativo No. 01 de 2018, artículo 2°. Adicionar El Artículo 234 De La Constitución Política, el cual quedará así:
La Corte Suprema de Justicia es el máximo Tribunal de la Jurisdicción Ordinaria y se compondrá del número impar de Magistrados que determine la ley. Esta dividirá la Corte en Salas y Salas Especiales, señalará a cada una de ellas los asuntos que deba conocer separadamente y determinará aquellos en que deba intervenir la Corte en pleno.
En el caso de los aforados constitucionales, la Sala de Casación Penal y las Salas Especiales garantizarán la separación de la instrucción y el juzgamiento, la doble instancia de la sentencia y el derecho a la impugnación de la primera condena.
La Sala Especial de Instrucción estará integrada por seis (6) Magistrados y la Sala Especial de Primera Instancia por tres (3) Magistrados.
Los miembros de estas Salas Especiales deberán cumplir los requisitos para ser Magistrados de la Corte Suprema de Justicia. Se les aplicará el mismo régimen para su elección y periodo.
Los Magistrados de las Salas Especiales solo tendrán competencia para conocer de manera exclusiva de los asuntos de instrucción y juzgamiento en primera instancia en las condiciones que lo establezca la ley.
El reglamento de la Corte Suprema de Justicia no podrá asignar a las Salas Especiales el conocimiento y la decisión de los asuntos que correspondan a la Sala de Casación Penal.
Los Magistrados de las Salas Especiales no podrán conocer de asuntos administrativos, ni electorales de la Corte Suprema de Justicia ni harán parte de la Sala Plena.
Los aforados constitucionales del artículo 174 de la Constitución Política tienen derecho de impugnación y doble instancia conforme lo señale la ley.
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La Corte Suprema de Justicia es el máximo tribunal de la jurisdicciónordinaria y se compondrá del número impar de magistrados que determinela ley. Esta dividirá la Corte en salas, señalará a cada una de ellaslos asuntos que deba conocer separadamente y determinará aquellos enque deba intervenir la Corte en pleno.
Modificado por el Acto Legislativo No. 01 de 2018, artículo 3°. Adicionar El Artículo 235 De La Constitución Política, el cual quedará así:
Son atribuciones de la Corte Suprema de Justicia:
Actuar como tribunal de casación.
Conocer del derecho de impugnación y del recurso de apelación en materia penal, conforme lo determine la ley.
Juzgar al Presidente de la República, o a quien haga sus veces y a los altos funcionarios de que trata el artículo 174, previo el procedimiento establecido en los [numerales 2 y 3 del] artículo 175 de la Constitución Política, por cualquier conducta punible que se les impute. Para estos juicios la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia estará conformada además por Salas Especiales que garanticen el derecho de impugnación y la doble instancia.
Investigar y juzgar a los miembros del Congreso.
Juzgar, a través de la Sala Especial de Primera Instancia, de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, previa acusación del Fiscal General de la Nación, del Vicefiscal General de la Nación, o de sus delegados de la Unidad de Fiscalías ante la Corte Suprema de Justicia, al Vicepresidente de la República, a los Ministros del Despacho, al Procurador General, al Defensor del Pueblo, a los Agentes del Ministerio Público ante la Corte, ante el Consejo de Estado y ante los Tribunales, Directores de los Departamentos Administrativos, al Contralor General de la República, a los Embajadores y Jefe de Misión Diplomática o Consular, a los Gobernadores, a los Magistrados de Tribunales y a los Generales y Almirantes de la Fuerza Pública, por los hechos punibles que se les imputen.
Resolver, a través de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, los recursos de apelación que se interpongan contra las decisiones proferidas por la Sala Especial de Primera Instancia de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia.
Resolver, a través de una Sala integrada por tres Magistrados de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y que no hayan participado en la decisión, conforme lo determine la ley, la solicitud de doble conformidad judicial de la primera condena de la sentencia proferida por los restantes Magistrados de dicha Sala en los asuntos a que se refieren los numerales 1, 3, 4, 5 y 6 del presente artículo, o de los fallos que en esas condiciones profieran los Tribunales Superiores o Militares.
Conocer de todos los negocios contenciosos de los agentes diplomáticos acreditados ante el Gobierno de la nación, en los casos previstos por el derecho internacional.
Darse su propio reglamento.
Las demás atribuciones que señale la ley.
Parágrafo. Cuando los funcionarios antes enunciados hubieren cesado en el ejercicio de su cargo, el fuero solo se mantendrá para las conductas punibles que tengan relación con las funciones desempeñadas.
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Son atribuciones de la Corte Suprema de Justicia:1. Actuar como tribunal de casación.2. Juzgar al Presidente de la República o a quien haga sus veces y alos altos funcionarios de que trata el artículo 174, por cualquierhecho punible que se les impute, conforme al artículo 175 numerales 2y 3.3. Investigar y juzgar a los miembros del Congreso.4. Juzgar, previa acusación del Fiscal General de la Nación, delVicefiscal General de la Nación o de sus delegados de la Unidad deFiscalías ante la Corte Suprema de Justicia, al Vicepresidente de laRepública, a los Ministros del Despacho, al Procurador General, alDefensor del Pueblo, a los Agentes del Ministerio Público ante laCorte, ante el Consejo de Estado y ante los Tribunales; a losDirectores de los Departamentos Administrativos, al Contralor Generalde la República, a los Embajadores y jefe de misión diplomática oconsular, a los Gobernadores, a los Magistrados de Tribunales y a losGenerales y Almirantes de la Fuerza Pública, por los hechos puniblesque se les imputen.5. Conocer de todos los negocios contenciosos de los agentesdiplomáticos acreditados ante el Gobierno de la nación, en los casosprevistos por el Derecho Internacional.6. Darse su propio reglamento.7. Las demás atribuciones que señale la ley.ParágrafoCuando los funcionarios antes enumerados hubieren cesado en elejercicio de su cargo, el fuero solo se mantendrá para las conductaspunibles que tengan relación con las funciones desempeñadas.
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Son atribuciones de la Corte Suprema de Justicia:1. Actuar como tribunal de casación.2. Juzgar al Presidente de la República o a quien haga sus veces y alos altos funcionarios de que trata el artículo 174, por cualquierhecho punible que se les impute, conforme al artículo 175 numerales 2y 3.3. Investigar y juzgar a los miembros del Congreso.4. Juzgar, previa acusación del Fiscal General de la Nación, delVicefiscal General de la Nación o de sus delegados de la unidad defiscalías ante la Corte Suprema de Justicia, a los Ministros delDespacho, al Procurador General, al Defensor del Pueblo, a los Agentesdel Ministerio Público ante la Corte, ante el Consejo de Estado y antelos Tribunales; a los Directores de los Departamentos Administrativos,al Contralor General de la República, a los Embajadores y jefe demisión diplomática o consular, a los Gobernadores, a los Magistradosde Tribunales y a los Generales y Almirantes de la Fuerza Pública, porlos hechos punibles que se les imputen.5. Conocer de todos los negocios contenciosos de los agentesdiplomáticos acreditados ante el Gobierno de la Nación, en los casosprevistos por el Derecho Internacional.6. Darse su propio reglamento.7. Las demás atribuciones que señale la ley.
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Son atribuciones de la Corte Suprema de Justicia:1. Actuar como tribunal de casación.2. Juzgar al Presidente de la República o a quien haga sus veces y alos altos funcionarios de que trata el artículo 174, por cualquierhecho punible que se les impute, conforme al artículo 175 numerales 2y 3.3. Investigar y juzgar a los miembros del Congreso.4. Juzgar, previa acusación del Fiscal General de la Nación, a losMinistros del Despacho, al Procurador General, al Defensor del Pueblo,a los Agentes del Ministerio Público ante la Corte, ante el Consejo deEstado y ante los Tribunales; a los Directores de los DepartamentosAdministrativos, al Contralor General de la República, a losEmbajadores y Jefes de misión diplomática o consular, a losGobernadores, a los Magistrados de Tribunales y a los Generales yAlmirantes de la Fuerza Pública, por los hechos punibles que se lesimputen.5. Conocer de todos los negocios contenciosos de los agentesdiplomáticos acreditados ante el Gobierno de la Nación, en los casosprevistos por el Derecho Internacional.6. Darse su propio reglamento.7. Las demás atribuciones que señale la ley.