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Fortalecimiento de capacidades
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Para contribuir a la implementación de las disposiciones del presente Acuerdo, cada Parte se compromete a crear y fortalecer sus capacidades nacionales, sobre la base de sus prioridades y necesidades.
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Cada Parte, con arreglo a sus capacidades, podrá tomar, entre otras, las siguientes medidas:
a) formar y capacitar en derechos de acceso en asuntos ambientales a autoridades y funcionarios públicos;
b) desarrollar y fortalecer programas de sensibilización y creación de capacidades en derecho ambiental y derechos de acceso para el público, funcionarios judiciales y administrativos, instituciones nacionales de derechos humanos y juristas, entre otros;
c) dotar a las instituciones y organismos competentes con equipamiento y recursos adecuados;
d) promover la educación, la capacitación y la sensibilización en temas ambientales mediante, entre otros, la inclusión de módulos educativos básicos sobre los derechos de acceso para estudiantes en todos los niveles educacionales;
e) contar con medidas específicas para personas o grupos en situación de vulnerabilidad, como la interpretación o traducción en idiomas distintos al oficial, cuando sea necesario;
f) reconocer la importancia de las asociaciones, organizaciones o grupos que contribuyan a formar o sensibilizar al público en derechos de acceso; y
g) fortalecer las capacidades para recopilar, mantener y evaluar información ambiental.