- Las organizaciones de trabajadores y de empleadores tienen el derecho de redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, el de elegir libremente sus representantes, el de organizar su administración y sus actividades y el de formular su programa de acción.
- Las autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal.
Parte I — Libertad Sindical
Artículo 3
Artículo 3 de el Convenio sobre la Libertad Sindical y la Protección del Derecho de Sindicación (OIT C87)
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