- El Comité elegirá su Mesa por un período de dos años. Los miembros de la Mesa podrán ser reelegidos.
- El Comité establecerá su propio reglamento, en el cual se dispondrá, entre otras cosas, que:
Parte IV
Artículo 39
Artículo 39 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
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