Artículo 272 de la Constitución Política de Colombia
Parágrafo transitorio 1°
Parágrafo transitorio 2°
Modificado por el Acto Legislativo No. 02 de 2015, artículo 23°. [Modifíquense los incisos cuarto y octavo d]el artículo 272 de la Constitución Política [los cuales] quedará[n] así:
Artículo original antes de la modificación: