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Documentation Index

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Derecho a la Integridad Personal
  1. Toda persona tiene derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral.
  2. Nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano.
  3. La pena no puede trascender de la persona del delincuente.
  4. Los procesados deben estar separados de los condenados, salvo en circunstancias excepcionales, y serán sometidos a un tratamiento adecuado a su condición de personas no condenadas.
  5. Cuando los menores puedan ser procesados, deben ser separados de los adultos y llevados ante tribunales especializados, con la mayor celeridad posible, para su tratamiento.
  6. Las penas privativas de la libertad tendrán como finalidad esencial la reforma y la readaptación social de los condenados.