Modificado por Sentencia C-674 de 2017 de la Corte Constiucional como Declarado inexequible parcialmente Los incisos 2º y 3º del artículo transitorio 16º del artículo 1º.

Competencia sobre terceros. Las personas que sin formar parte de las organizaciones o grupos armados, hubieren contribuido de manera directa o indirecta a la comisión de delitos en el marco del conflicto, podrán acogerse a la JEP y recibir el tratamiento especial que las normas determinen, siempre que cumplan con las condiciones establecidas de contribución a la verdad, reparación y no repetición.