Capítulo I
Artículo 9
Artículo 9 del I Convenio de Ginebra (Heridos y Enfermos en Campaña)
Las disposiciones del presente Convenio no son óbice para las actividades Actividades
humanitarias que el Comité Internacional de la Cruz Roja, u otro organismo del Comité
humanitario imparcial, emprenda para la protección de los heridos y de los Internacional
enfermos o de los miembros del personal sanitario y religioso, así como para de la Cruz
los socorros que, con el consentimiento de las Partes en conflicto interesadas, Roja
se les proporcione.
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