Sección II
Artículo 154
Artículo 154 del IV Convenio de Ginebra (Personas Civiles)
En las relaciones entre Potencias obligadas por el Convenio de La Haya relati- Relación
vo a las leyes y costumbres de la guerra en tierra, sea el del 29 de julio de 1899, con los
sea el del 18 de octubre de 1907, y que sean Partes en el presente Convenio, Convenios
éste completará las secciones II y III del Reglamento anejo a dichos Conve- de La Haya
nios de La Haya.
⌘I