Leyes de aplicación Las Altas Partes Contratantes se comunicarán, lo más pronto posible, por mediación del depositario y, en su caso, por mediación de las Potencias 2 El Consejo Federal Suizo, Gobierno del Estado depositario de los Convenios de Ginebra de 1949, notificó, el 10 de febrero de 1992, a todos los demás Estados Partes en estos instrumentos, que la Liga de las Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja modificó su nombre y lleva, desde el 28 de noviembre de 1991, el de “Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja”. 64 Protocolo adicional I de 1977 protectoras, sus traducciones oficiales del presente Protocolo, así como las leyes y reglamentos que adopten para garantizar su aplicación. Sección II Represión de las infracciones de los convenios o del presente protocoloDocumentation Index
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