Capítulo 1 - Del Sufragio y de las Elecciones
Artículo 261
Preambulo
Título I - De Los Principios Fundamentales
Título II - De Los Derechos, Las Garantías Y Los Deberes
- Capítulo 1 - De Los Derechos Fundamentales
- Capítulo 2 - De Los Derechos Sociales, Económicos Y Culturales
- Capítulo 3 - De Los Derechos Colectivos Y Del Ambiente
- Capítulo 4 - De La Protección Y Aplicación De Los Derechos
- Capítulo 5 - De Los Deberes Y Obligaciones
Título III - De los Habitantes y del Territorio
- Capítulo 1 - De la Nacionalidad.
- Capítulo 2 - De La Ciudadanía
- Capítulo 3 - De Los Extranjeros
- Capítulo 4 - Del Territorio
Título IV - De La Participación Democrática Y De Los Partidos Políticos
- Capítulo 1 - De Las Formas De Participación Democrática
- Capítulo 2 - De Los Partidos Y De Los Movimientos Políticos
- Capítulo 3 - Del Estatuto de la Oposición
Título V - De la organización del Estado
- Capítulo 1 - De la Estructura del Estado
- Capítulo 2 - De la Función Pública
Título VI - De La Rama Legislativa
- Capítulo 1 - De la composición y las funciones
- Capítulo 2 - De la reunión y el funcionamiento
- Capítulo 3 - De las leyes
- Capítulo 4 - Del Senado de la República
- Capítulo 5 - De la Cámara de Representantes
- Capítulo 6 - De los congresistas
Título VII - De la Rama Ejecutiva
- Capítulo 1 - Del Presidente de la República
- Capítulo 2 - Del Gobierno
- Capítulo 3 - Del Vicepresidente
- Capítulo 4 - De los Ministros y Directores de los Departamentos Administrativos
- Capítulo 5 - De la función administrativa
- Capítulo 6 - De los Estados de Excepción
- Capítulo 7 - De la Fuerza Pública
- Capítulo 8 - De las Relaciones Internacionales
Título VIII - De la Rama Judicial
- Capítulo 1 - De las disposiciones generales
- Capítulo 2 - De la Jurisdicción Ordinaria
- Capítulo 3 - De la Jurisdicción Contencioso Administrativa
- Capítulo 3A - De la Jurisdicción Agraria y Rural
- Capítulo 4 - De la Jurisdicción Constitucional
- Capítulo 5 - De las Jurisdicciones Especiales
- Capítulo 6 - De la Fiscalía General de la Nación
- Capítulo 7 - Gobierno y Administración de la Rama Judicial
Título IX - De las elecciones y de la organización electoral
- Capítulo 1 - Del Sufragio y de las Elecciones
- Capítulo 2 - De las Autoridades Electorales
Título X - De los organismos de control
- Capítulo 1 - De la Contraloría General de la República
- Capítulo 2 - Del Ministerio Público
Título XI - De la organización territorial
- Capítulo 1 - De las disposiciones generales
- Capítulo 2 - Del Régimen Departamental
- Capítulo 3 - Del Régimen Municipal
- Capítulo 4 - Del Régimen Especial
Título XII - Del régimen económico y de la hacienda pública
- Capítulo 1 - De las disposiciones generales
- Capítulo 2 - De los Planes de Desarrollo
- Capítulo 3 - Del Presupuesto
- Capítulo 4 - De la distribución de recursos y de las competencias
- Capítulo 5 - De la finalidad social del Estado y de los servicios públicos
- Capítulo 6 - De la Banca Central
Título XIII - De la reforma de la Constitución & Disposiciones transitorias
- De La Reforma De La Constitución
- Disposiciones Transitorias - Capítulo 1
- Disposiciones Transitorias - Capítulo 2
- Disposiciones Transitorias - Capítulo 3
- Disposiciones Transitorias - Capítulo 4
- Disposiciones Transitorias - Capítulo 5
- Disposiciones Transitorias - Capítulo 6
- Disposiciones Transitorias - Capítulo 7
- Disposiciones Transitorias - Capítulo 8
Título Transitorio - De Las Normas Para La Terminación Del Conflicto Armado Y La Construcción De Una Paz Estable Y Duradera
- Capítulo I - Sistema Integral De Verdad, Justicia, Reparación Y No Repetición
- Capítulo II - Comisión Para El Esclarecimiento De La Verdad, La Convivencia Y La No Repetición Y Unidad De Búsqueda De Personas Dadas Por Desaparecidas En El Contexto Y En Razón Del Conflicto Armado
- Capítulo III - Jurisdicción Especial Para La Paz
- Capítulo IV - Reparación Integral En El Sistema Integral De Verdad, Justicia, Reparación Y No Repetición
- Capítulo V - Extradición
- Capítulo VI - Participación En Política
- Capítulo VII - De Las Normas Aplicables A Los Miembros De La Fuerza Pública Para La Terminación Del Conflicto Armado Y La Construcción De Una Paz Estable Y Duradera
- Capítulo VIII - Prevalencia Del Acuerdo Final Para La Terminación Del Conflicto Armado Y La Construcción De Una Paz Estable Y Duradera
Constancia
Capítulo 1 - Del Sufragio y de las Elecciones
Artículo 261
Artículo 261 de la Constitución Política de Colombia
Derrogado por el Acto Legislativo No. 02 de 2015, artículo 26°. Concordancias, vigencias y derogatorias … Deróguese el artículo 261 de la Constitución Política y reenumérese el artículo 262 que pasará a ser el 261.
…
La elección del Presidente y Vicepresidente no podrá coincidir con otra elección. La de Congreso se hará en fecha separada de la elección de autoridades departamentales y municipales.
Las faltas absolutas serán suplidas por los candidatos que según el
orden de inscripción, o de votación, en forma sucesiva y descendente,
correspondan a la misma lista electoral, según se trate de listas
cerradas o con voto preferente.
Las faltas absolutas o temporales serán suplidas por los candidatos
que según el orden de inscripción en forma sucesiva y descendente,
correspondan a la misma lista electoral.
Son faltas absolutas: Además de las establecidas por la ley; las que
se causan por: Muerte; la renuncia motivada y aceptada por la plenaria
de la respectiva Corporación; la pérdida de la investidura; la
incapacidad física permanente y la sentencia condenatoria en firme
dictada por autoridad judicial competente.
Son faltas temporales las causadas por: La suspensión del ejercicio de
la investidura popular, en virtud de decisión judicial en firme; la
licencia sin remuneración; la licencia por incapacidad certificada por
médico oficial; la calamidad doméstica debidamente probada y la fuerza
mayor.
La licencia sin remuneración no podrá ser inferior a tres (3) meses.
Los casos de incapacidad, calamidad doméstica y licencias no
remuneradas deberán ser aprobadas por la Mesa Directiva de la
respectiva Corporación.
Parágrafo 1º.
Las inhabilidades e incompatibilidades previstas en la Constitución
Nacional y las leyes, se extenderán en igual forma a quienes asuman
las funciones de las faltas temporales durante el tiempo de su
asistencia.
Parágrafo 2º.
El numeral 3º. del artículo 180 de la Constitución, quedará así:
Numeral 3º ser miembro de juntas o consejos directivos de entidades
oficiales descentralizadas de cualquier nivel o de instituciones que
administren tributos.
Ningún cargo de elección popular en corporaciones públicas tendrá
suplente. Las vacancias absolutas serán ocupadas por los candidatos no
elegidos en la misma lista, en orden de inscripción, sucesivo y
descendente.
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