Administración Todo lugar de internamiento estará bajo la autoridad de un oficial o de un de los funcionario encargado, elegido en las fuerzas militares regulares o en los campamentos. escalafones de la administración civil regular de la Potencia detenedora. El Exposición oficial o el funcionario jefe del lugar de internamiento tendrá, en el idioma del Convenio oficial o en uno de los idiomas oficiales de su país, el texto del presente Con- y de los venio y asumirá la responsabilidad de su aplicación. Se instruirá al personal reglamentos de vigilancia acerca de las disposiciones del presente Convenio y de los regla- mentos relativos a su aplicación. Se fijarán, en el interior del lugar de internamiento y en un idioma que com- prendan los internados, el texto del presente Convenio y los de los acuerdos especiales concertados de conformidad con éste, u obrarán en poder del co- mité de internados. Los reglamentos, órdenes y avisos de toda índole habrán de ser comunicados a los internados; estarán expuestos en el interior de los lugares de interna- miento en un idioma que comprendan. Todas las órdenes y todos los mandatos dirigidos individualmente a interna- dos se impartirán también en un idioma que comprendan.Documentation Index
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