Capítulo 4 - De La Protección Y Aplicación De Los Derechos
Artículo 83
Artículo 83 de la Constitución Política de Colombia
Las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas deberán ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presumirá en todas las gestiones que aquellos adelanten ante estas.