Saltar al contenido principal

Documentation Index

Fetch the complete documentation index at: https://constitucion.co/llms.txt

Use this file to discover all available pages before exploring further.

Redacción y Las Potencias detenedoras darán todas las facilidades para la transmisión, por transmisión de mediación de la Potencia protectora o de la Agencia Central de Prisioneros documentos de Guerra prevista en el artículo 123, de actas, justificantes y documentos, legales destinados a los prisioneros de guerra o que de ellos emanen, en particular poderes o testamentos. En todo caso, las Potencias detenedoras facilitarán a los prisioneros de guerra la redacción de tales documentos; les autorizarán en particular, a consultar a un jurista y tomarán las oportunas medidas para certificar la autenticidad de su firma. Relaciones de los prisioneros de guerra con las autoridades Quejas de los prisioneros de guerra a causa del régimen del cautiverio