No se considerará que priva, a los barcos hospitales o a las enfermerías de Actos que no barcos, de la protección que les es debida: privan de la protección 76 SEGUNDO CONVENIODocumentation Index
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- el hecho de que el personal de estos barcos o de estas enfermerías esté ar-
- el hecho de que haya a bordo aparatos cuya exclusiva finalidad sea ga-
- el hecho de que a bordo de los barcos hospitales o en las enfermerías
- el hecho de que las actividades humanitarias de los barcos hospitales y
- el hecho de que los barcos hospitales transporten material y a personal