El trato debido a los prisioneros de guerra empleados por particulares, aun- Prisioneros que éstos garanticen su custodia y protección bajo la propia responsabilidad, que trabajan será por lo menos igual al previsto en el presente Convenio; la Potencia de- para tenedora, las autoridades militares y el comandante del campamento al que particulares pertenezcan tales prisioneros asumirán toda la responsabilidad por lo que respecta a la manutención, a la asistencia, al trato y al pago de la indemniza- ción de trabajo de dichos prisioneros de guerra. Tendrán éstos derecho a mantenerse en contacto con los hombres de confian- za de los campamentos de que dependan. Recursos pecuniarios de los prisioneros de guerraDocumentation Index
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