- la multa de hasta el 50 por ciento del salario previsto en el artículo 95, y
- la supresión de las ventajas otorgadas por encima del trato previsto en el
- las faenas que no duren más de dos horas por día, y que se realicen para
- los arrestos.
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Última actualización: Abril 28 del 2026. Instrumentos Internacionales
Artículo 119 del IV Convenio de Ginebra (Personas Civiles)