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Documentation Index

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En todos los casos en que un internado sea parte en un proceso ante un tri- Facilidades bunal, sea cual fuere, la Potencia detenedora deberá informar al tribunal, tras en caso de solicitud del interesado, acerca de su detención y, dentro de los límites lega- proceso les, habrá de velar por que se tomen todas las medidas necesarias para que, a causa de su internamiento, no sufra perjuicio alguno por lo que atañe a la 200 CUARTO CONVENIO preparación y al desarrollo de su proceso, o a la ejecución de cualquier sen- tencia dictada por el tribunal.