Saltar al contenido principal

Documentation Index

Fetch the complete documentation index at: https://constitucion.co/llms.txt

Use this file to discover all available pages before exploring further.

Las salidas autorizadas de conformidad con el artículo anterior se efectuarán Modalidades en satisfactorias condiciones de seguridad, de higiene, de salubridad y de ali- de las repa- mentación. Todos los gastos, a partir de la salida del territorio de la Potencia triaciones detenedora, correrán por cuenta del país de destino o, en caso de estancia en país neutral, por cuenta de la Potencia de la que los beneficiarios sean súbdi- tos. Las modalidades prácticas de estos desplazamientos serán estipuladas, en caso necesario, mediante acuerdos especiales entre las Potencias interesadas. Todo esto sin perjuicio de los acuerdos especiales que tal vez hayan concer- tado las Partes en conflicto sobre el canje y la repatriación de sus súbditos caídos en poder del enemigo.