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Protección y asistencia
  1. Todos los heridos, enfermos y náufragos, cualquiera que sea la Parte a
que pertenezcan, serán respetados y protegidos.
  1. En toda circunstancia serán tratados humanamente y recibirán, en toda
la medida de lo posible y en el plazo más breve, los cuidados médicos que exija su estado. No se hará entre ellos ninguna distinción que no esté basada en criterios médicos.