Título IV
Artículo 68
Artículo 68 del Protocolo Adicional I a los Convenios de Ginebra
Ámbito de aplicación
Las disposiciones de esta Sección se aplican a la población civil, entendida en
el sentido de este Protocolo, y completan los artículos 23, 55, 59, 60, 61 y 62
y demás disposiciones pertinentes del IV Convenio.
54 Protocolo adicional I de 1977
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