Capítulo 2 - De Los Derechos Sociales, Económicos Y Culturales
Artículo 50
Artículo 50 de la Constitución Política de Colombia
Todo niño menor de un año que
no esté cubierto por algún tipo de protección o de
seguridad social, tendrá derecho a recibir atención
gratuita en todas las instituciones de salud que reciban aportes del Estado. La ley reglamentará la
materia.