Artículo 76 de la Constitución Política de Colombia
Artículo original antes de la modificación:
La intervención estatal en el espectro electromagnético utilizado para
los servicios de televisión estará a cargo de un organismo de derecho
público con personería jurídica, autonomía administrativa, patrimonial
y técnica, sujeto a un régimen legal propio. Dicho organismo
desarrollará y ejecutará los planes y programas del Estado en el
servicio al que hace referencia el inciso anterior.