Capítulo 3 - De Los Derechos Colectivos Y Del Ambiente
Capítulo 4 - De La Protección Y Aplicación De Los Derechos
Capítulo 5 - De Los Deberes Y Obligaciones
Título III - De los Habitantes y del Territorio
Capítulo 1 - De la Nacionalidad.
Capítulo 2 - De La Ciudadanía
Capítulo 3 - De Los Extranjeros
Capítulo 4 - Del Territorio
Título IV - De La Participación Democrática Y De Los Partidos Políticos
Capítulo 1 - De Las Formas De Participación Democrática
Capítulo 2 - De Los Partidos Y De Los Movimientos Políticos
Capítulo 3 - Del Estatuto de la Oposición
Título V - De la organización del Estado
Capítulo 1 - De la Estructura del Estado
Capítulo 2 - De la Función Pública
Título VI - De La Rama Legislativa
Capítulo 1 - De la composición y las funciones
Capítulo 2 - De la reunión y el funcionamiento
Capítulo 3 - De las leyes
Capítulo 4 - Del Senado de la República
Capítulo 5 - De la Cámara de Representantes
Capítulo 6 - De los congresistas
Título VII - De la Rama Ejecutiva
Capítulo 1 - Del Presidente de la República
Capítulo 2 - Del Gobierno
Capítulo 3 - Del Vicepresidente
Capítulo 4 - De los Ministros y Directores de los Departamentos Administrativos
Capítulo 5 - De la función administrativa
Capítulo 6 - De los Estados de Excepción
Capítulo 7 - De la Fuerza Pública
Capítulo 8 - De las Relaciones Internacionales
Título VIII - De la Rama Judicial
Capítulo 1 - De las disposiciones generales
Capítulo 2 - De la Jurisdicción Ordinaria
Capítulo 3 - De la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Capítulo 3A - De la Jurisdicción Agraria y Rural
Capítulo 4 - De la Jurisdicción Constitucional
Capítulo 5 - De las Jurisdicciones Especiales
Capítulo 6 - De la Fiscalía General de la Nación
Capítulo 7 - Gobierno y Administración de la Rama Judicial
Título IX - De las elecciones y de la organización electoral
Capítulo 1 - Del Sufragio y de las Elecciones
Capítulo 2 - De las Autoridades Electorales
Título X - De los organismos de control
Capítulo 1 - De la Contraloría General de la República
Capítulo 2 - Del Ministerio Público
Título XI - De la organización territorial
Capítulo 1 - De las disposiciones generales
Capítulo 2 - Del Régimen Departamental
Capítulo 3 - Del Régimen Municipal
Capítulo 4 - Del Régimen Especial
Título XII - Del régimen económico y de la hacienda pública
Capítulo 1 - De las disposiciones generales
Capítulo 2 - De los Planes de Desarrollo
Capítulo 3 - Del Presupuesto
Capítulo 4 - De la distribución de recursos y de las competencias
Capítulo 5 - De la finalidad social del Estado y de los servicios públicos
Capítulo 6 - De la Banca Central
Título XIII - De la reforma de la Constitución & Disposiciones transitorias
De La Reforma De La Constitución
Disposiciones Transitorias - Capítulo 1
Disposiciones Transitorias - Capítulo 2
Disposiciones Transitorias - Capítulo 3
Disposiciones Transitorias - Capítulo 4
Disposiciones Transitorias - Capítulo 5
Disposiciones Transitorias - Capítulo 6
Disposiciones Transitorias - Capítulo 7
Disposiciones Transitorias - Capítulo 8
Título Transitorio - De Las Normas Para La Terminación Del Conflicto Armado Y La Construcción De Una Paz Estable Y Duradera
Capítulo I - Sistema Integral De Verdad, Justicia, Reparación Y No Repetición
Capítulo II - Comisión Para El Esclarecimiento De La Verdad, La Convivencia Y La No Repetición Y Unidad De Búsqueda De Personas Dadas Por Desaparecidas En El Contexto Y En Razón Del Conflicto Armado
Capítulo III - Jurisdicción Especial Para La Paz
Capítulo IV - Reparación Integral En El Sistema Integral De Verdad, Justicia, Reparación Y No Repetición
Capítulo V - Extradición
Capítulo VI - Participación En Política
Capítulo VII - De Las Normas Aplicables A Los Miembros De La Fuerza Pública Para La Terminación Del Conflicto Armado Y La Construcción De Una Paz Estable Y Duradera
Capítulo VIII - Prevalencia Del Acuerdo Final Para La Terminación Del Conflicto Armado Y La Construcción De Una Paz Estable Y Duradera
Capítulo 2 - De Los Derechos Sociales, Económicos Y Culturales
Artículo 58
Artículo 58 de la Constitución Política de Colombia
Modificado por el Acto Legislativo No. 01 de 1999, artículo 1°. El artículo 58 de la Constitución Política quedará así:
Se garantizan la propiedad privada y los demás
derechos adquiridos con arreglo a las leyes civiles,
los cuales no pueden ser desconocidos ni vulnerados por leyes posteriores. Cuando de la aplicación
de una ley expedida por motivos de utilidad pública
o interés social, resultare en conflicto los derechos
de los particulares con la necesidad por ella reconocida, el interés privado deberá ceder al interés
público o social.
La propiedad es una función social que implica
obligaciones. Como tal, le es inherente una función
ecológica.
El Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y solidarias de propiedad.
Por motivos de utilidad pública o interés social
definidos por el legislador, podrá haber expropiación mediante sentencia judicial e indemnización
previa. Esta se fijará consultando los intereses de
la comunidad y del afectado. En los casos que determine el legislador, dicha expropiación podrá adelantarse por vía administrativa, sujeta a posterior
acción contenciosa-administrativa, incluso respecto
del precio.
Copy
Ask AI
Se garantizan la propiedad privada y los demás derechos adquiridos conarreglo a las leyes civiles, los cuales no pueden ser desconocidos nivulnerados por leyes posteriores. Cuando de la aplicación de una leyexpedida por motivo de utilidad pública o interés social, resulten enconflicto los derechos de los particulares con la necesidad por ellareconocida, el interés privado deberá ceder al interés público osocial.La propiedad es una función social que implica obligaciones. Como tal,le es inherente una función ecológica. El Estado protegerá y promoverálas formas asociativas y solidarias de propiedad.Por motivos de utilidad pública o de interés social determinados porel legislador, podrá haber expropiación mediante sentencia judicial eindemnización previa. Esta se fijará consultando los intereses de lacomunidad y del afectado. En los casos que determine el legislador,dicha expropiación podrá adelantarse por vía administrativa, sujeta aposterior acción contenciosa administrativa, incluso respecto delprecio.Con todo, el legislador, por razones de equidad, podrá determinar loscasos en que no haya lugar al pago de indemnización, mediante el votofavorable de la mayoría absoluta de los miembros de una y otra Cámara.Las razones de equidad, así como los motivos de utilidad pública o deinterés social, invocados por el legislador, no serán controvertiblesjudicialmente.