Artículo 110 Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá POT
Áreas con condición de riesgo.
Corresponde a zonas categorizadas como de amenaza alta que se encuentran urbanizadas, ocupadas, edificadas y/o con elementos expuestos, en suelo urbano y de expansión urbana, las cuales se encuentran delimitadas en los Mapas CU-2.2.3 “Áreas con condición de riesgo por movimientos en masa para suelo urbano y de expansión urbana”; CU-2.2.6 “Áreas con condición de riesgo por avenidas torrenciales y/o crecientes súbitas para suelo urbano y de expansión urbana”; CU-2.2.9 “Áreas con condición de riesgo por incendios forestales para suelo urbano y de expansión urbana”; CU-2.2.12 “Áreas con condición de riesgo por inundación para suelo urbano y de expansión urbana”.
Parágrafo
Para las áreas de amenaza media ocupadas y con el fin de adelantar acciones que garanticen que no se generen o incrementen las condiciones de riesgo, se priorizarán medidas no estructurales de reducción del riesgo, mientras se realizan los estudios detallados definidos en el Decreto 1807 de 2014 compilado en el Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015, o la norma que lo modifique o sustituya.