Artículo 482
Artículo 482 Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá POT
Artículo 482.Actuación Estratégica Reverdecer del Sur. Consiste en una actuación integral, que se implementará de manera progresiva y con una perspectiva de largo plazo en la zona de la cuenca del Río Tunjuelo donde se adelantaron explotaciones mineras. La Actuación Estratégica Reverdecer del Sur aplicará y armonizará las disposiciones nacionales y distritales en los instrumentos de recuperación ambiental, de cierre minero, de mitigación de riesgo de desastres y de impactos urbanísticos, con el fin de lograr la consolidación de la Estructura Ecológica Principal a través de una intervención urbana integral.
Los principales objetivos que se desarrollarán en el marco del plan parcial son:
1.Contrarrestar los impactos de la explotación minera sobre las condiciones de vida de la ciudadanía.
2.Recuperar y restaurar el cauce y la ronda hídrica del río Tunjuelo.
3.Consolidar la estructura ecológica principal con vocación de espacio público.
4.Integrar la zona a la ciudad a través de la generación de una nueva centralidad para mejorar las condiciones de producción de empleo, déficit de vivienda, equipamientos, acceso a los servicios públicos, espacio público efectivo y conectividad vial.
5.Parque de la Red Estructurante.
Lo anterior, se delimitará de acuerdo con las disposiciones del cierre minero y de los estudios detallados de riesgo que se elaboren en el marco del respectivo instrumento que adopte esta AE. Este Parque, y las demás obligaciones definidas en el presente artículo, serán obtenidos a partir de las cargas generales y locales que harán parte del reparto de cargas y beneficios de la Actuación Estratégica. El área útil para los desarrollos urbanísticos no podrá superar el 40% del área neta urbanizable.
Reverdecer del Sur se conformará como una centralidad, integrada y sujeta a la protección del cauce y la ronda hídrica del río Tunjuelo y a la gestión integral del riesgo, donde se desarrollarán actividades de restauración y conservación ambiental, equipamientos sociales, áreas para la localización de actividad económica y vivienda. Como principio orientador se dará prioridad a la protección ambiental y a la prevención y mitigación del riesgo de desastres.
Parágrafo. La condición de permanencia del uso dotacional para los equipamientos que se encuentran dentro del Cantón Sur del Ministerio de Defensa - Ejercito Nacional, localizado dentro del perímetro de la Actuación Estratégica Reverdecer del Sur, se determinará en el marco de la formulación de la actuación con el Ministerio de Defensa según las necesidades o requerimientos de seguridad y defensa nacional, teniendo en cuenta el área ocupada y construida necesaria para las actividades de las unidades militares ubicadas al interior del Cantón Sur con que cuente a la entrada en vigencia del presente Plan. Adicionalmente, su participación en el proyecto se definirá de manera concertada con el Gobierno Nacional – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional, en el marco de la formulación de la referida Actuación Estratégica.