Artículo 45 Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá POT
Artículo 45. Áreas Protegidas Públicas del Sistema
Nacional de Áreas Protegidas -SINAP Corresponden a las áreas protegidas declaradas por las autoridades
ambientales nacionales o regionales, ubicadas dentro de la jurisdicción del
Distrito Capital. Dentro de esta categoría se encuentran los siguientes
elementos:ElementoActo administrativo de
DeclaratoriaActos administrativos de
reglamentaciónReserva Forestal Protectora Bosque Oriental de BogotáResolución Instituto Nacional de los Recursos Naturales- INDERENA No 076
de 1977Resolución MADS No 1766 de 2016Parque Nacional Natural SumapazAcuerdo Instituto Nacional de los Recursos Naturales- INDERENA No 014 de
1977Resolución MADS 032 de 2007ElementoActo administrativo de
DeclaratoriaActos administrativos de
reglamentaciónReserva Forestal Protectora Bosque Oriental de BogotáResolución Instituto Nacional de los Recursos Naturales- INDERENA No 076
de 1977Resolución MADS No 1766 de 2016Parque Nacional Natural SumapazAcuerdo Instituto Nacional de los Recursos Naturales- INDERENA No 014 de
1977Resolución MADS 032 de 2007Parágrafo. El régimen de usos para estos elementos
corresponde a los definidos por la autoridad ambiental competente.