Artículo 414
Artículo 414 Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá POT
Artículo 414.Coberturas verdes y superficies aplicables a los espacios públicos rurales peatonales y para el encuentro. Los índices para el diseño y construcción de las superficies y la adecuación de coberturas vegetales para el sistema son:
Sistema de espacio público rural peatonal y para el encuentro
% de Superficie permeable natural (mín.)
% de Superficie permeable artificial y dura (máx.)
Coberturas verdes (mín.)
cobertura vegetal de porte arbóreo en cualquier superficie (mín.)
Cobertura vegetal Arbustiva, jardinería y huertas en cualquier superficie (mín.)
Parque rural
30%
70%
40%
10%
Plazas y plazoletas rurales
N/A
N/A
5%
5%
Red peatonal de conexión urbana y rural
0%
100%
0%
0%
Sistema de espacio público rural peatonal y para el encuentro
% de Superficie permeable natural (mín.)
% de Superficie permeable artificial y dura (máx.)
Coberturas verdes (mín.)
cobertura vegetal de porte arbóreo en cualquier superficie (mín.)
Cobertura vegetal Arbustiva, jardinería y huertas en cualquier superficie (mín.)
Parque rural
30%
70%
40%
10%
Plazas y plazoletas rurales
N/A
N/A
5%
5%
Red peatonal de conexión urbana y rural
0%
100%
0%
0%
Parágrafo. Dentro del Manual de Espacio Público que expida la Secretaría Distrital de Planeación, se definirán, entre otros, los lineamientos para el diseño del espacio público rural para el encuentro, teniendo en cuenta los principios de ciudades seguras para mujeres y niñas y las necesidades específicas de los entornos rurales que garanticen la seguridad y equidad de género.