Artículo 393.Principios rectores y estrategias del
ordenamiento rural. Son
principios de mediano y corto plazo del presente Plan y sus respectivas
estrategias para las ruralidades, basados en la visión y la inversión integral
en el territorio y su ordenamiento, los siguientes:
1.Contribución a la resiliencia y adaptación al cambio climático,
conteniendo la expansión urbana, frenando el avance de la frontera
agropecuaria, sobre las áreas protegidas y favoreciendo la instalación de
tecnologías de producción de energías renovables.
2.Desarrollo de una estrategia de gestión del riesgo de desastres,
mediante la promoción de territorios resilientes, garantizando condiciones de seguridad
a la población actual y futura y a los equipamientos rurales, en armonía con
los servicios ambientales presentes en su entorno, a través de la aplicación de
medidas de conocimiento y reducción del riesgo.
3.Promoción de la economía campesina, familiar y comunitaria, el turismo
responsable de naturaleza, comunitario y cultural y la conservación del
ambiente como formas de productividad sustento y desarrollo económico y social
de las comunidades campesinas y rurales, a través de estrategias que promuevan
la conectividad social, vial, digital y turística, y garantizando estándares de
productividad, accesibilidad y calidad del espacio rural.
4.Reconocimiento de las mujeres campesinas y rurales, a través de la
reafirmación de su rol, primordial en el cuidado y la conservación de los
valores y las formas de vida campesina; la transformación de patrones
culturales machistas y prácticas sexistas que afectan el ejercicio pleno de sus
derechos; la territorialización del sistema de cuidado más allá de la frontera
urbana de Bogotá y la garantía de estándares de accesibilidad a los servicios
del Distrito Capital y de calidad de uso del espacio rural de Bogotá.
5.Incorporación de un enfoque de protección y bienestar en el manejo de
los animales de compañía y de granja criados para el consumo humano y de
los que soportan las actividades productivas en la zona rural.
6.Promoción de una relación armónica entre el área urbana y rural, a
través de la gestión de las dinámicas y los conflictos de los cuatro bordes
rural-urbanos y en particular:
a.De la ribera oriental del Río Bogotá, a través de la red de parques del
Río Bogotá que contribuyan a proteger y conectar con el área urbana y con otras
áreas de interés ambiental, aportando así a la reducción del déficits de
espacio público y de equipamientos en los asentamientos altamente poblados del
borde occidental de Bogotá y garantizando la posibilidad de articular las
formas de ocupación del suelo que permitan que Bogotá contribuya a la vitalidad
del río.
b.De las franjas que rodean la Reserva Forestal Regional Productora del
Norte de Bogotá, D.C. Thomas Van der Hammen, teniendo en cuenta sus
potencialidades, usos actuales, alteraciones, degradaciones y presiones de
ocupación, en procura de la sostenibilidad del territorio y el mejoramiento de
la calidad de vida de las y los habitantes del Distrito Capital y de la región.
c.De la franja de adecuación de los Cerros Orientales, tanto en el área de
consolidación del borde urbano como en el Área de Ocupación Pública
Prioritaria, restringiendo las formas de ocupación en el borde urbano y
promoviendo el mejoramiento de condiciones socio económicas de la población que
habita la franja, la habilitación de una zona de aprovechamiento ecológico para
su uso y disfrute y el fortalecimiento de las condiciones de conectividad de la
Estructura Ecológica Principal.
d.Del borde sur de la ciudad, promoviendo la localización de parques de
borde y nuevos nodos de equipamientos rurales como “El Carmen”, con vocación
cultural y de investigación, y “El Uval”, con vocación educativa y de servicios
agrológicos y de acopio para la seguridad alimentaria.