Artículo 81
Artículo 81 Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá POT
Artículo 81. Estrategias en relación con la Estructura Integradora de Patrimonios. Son estrategias de la Estructura Integradora de Patrimonios las siguientes:
1. Articulación de los componentes de la Estructura Integradora de Patrimonios, con los nuevos patrimonios, consolidando vectores de ordenamiento y referentes en el territorio del Distrito Capital.
2. Intervención de entornos patrimoniales e implementación de procesos de gestión y salvaguardia orientados a la permanencia de oficios, saberes y prácticas culturales para el fortalecimiento del vínculo social y el fomento del turismo cultural.
3. Protección del Patrimonio Natural y renaturalización de los entornos patrimoniales, por medio del espacio público, los jardines tradicionales y el arbolado histórico patrimonial, para la cualificación y el embellecimiento del territorio.
4. Salvaguardia y fortalecimiento de iniciativas colectivas relacionadas con actividades productivas tradicionales y ancestrales, formas de vida campesina o con proyectos culturales que contribuyan a afirmar el vínculo de la memoria y el territorio y que aporten a la reactivación económica en entornos locales y vecinales.
5. Activación y consolidación de entornos patrimoniales o donde se desarrollan actividades productivas tradicionales y ancestrales, para fomentar las aglomeraciones especializadas o distritos creativos e innovadores, así como propender por su salvaguardia y dinamismo.
6. Reconocimiento de la importancia de la relación de los cerros orientales y los conectores ecosistémicos, fortaleciendo estos elementos naturales y cosmogónicos como parte del patrimonio natural y paisaje característico del territorio.
7. Reconocimiento de elementos que en los bordes urbano-rurales cuenten con valores patrimoniales para el fortalecimiento de las relaciones regionales.
8. Atracción y permanencia de habitantes y moradores en entornos patrimoniales y Bienes de Interés Cultural del grupo arquitectónico para emprender acciones para su revitalización, recuperación y reúso.
9. Protección e integración de los patrimonios del Centro Histórico de Bogotá, mediante la ejecución del Plan Especial de Manejo y Protección aprobado mediante la Resolución 088 de 2021 del Ministerio de Cultura o la norma que lo modifique o sustituya.
10. Emprender acciones para la revitalización de los Sectores de Interés Urbanístico y la recuperación y reúso de los Bienes de Interés Cultural con el fin de atraer y procurar la permanencia de habitantes y moradores.