Artículo 587. Observatorio de la Estructura Integradora de Patrimonios. El Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia del presente Plan, estructurará y pondrá en operación un observatorio de los patrimonios culturales material, inmaterial y natural presentes en el Distrito Capital. En el marco de su operación se debe generar e informar a la ciudadanía sobre las dinámicas territoriales del patrimonio, definirá las líneas de base e indicadores necesarios para su seguimiento, los procesos de articulación de los patrimonios actuales y los nuevos patrimonios, los programas y proyectos para la gestión integral y sostenibilidad de los entornos patrimoniales, la promoción y permanencia de las actividades tradicionales y productivas de escala vecinal.

Ver Decreto Distrital 522 de 2023.