Artículo 418.Espacio público para la movilidad rural. Comprende las áreas de soporte que integran de manera jerarquizada e interdependiente, los diferentes modos para el transporte de personas, animales, insumos y productos, que articulan los territorios rurales con el ámbito urbano, con la región central y otras regiones del país. Está constituido por:

1.Red de conexión rural y regional estructurante.

2.Red para el recorrido de proximidad y del cuidado rural