Artículo 250 Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá POT
Artículo 250. Acciones de mitigación a la movilidad -
Estudios de movilidad. La
exigencia de estos Estudios de Movilidad aplica a equipamientos y proyectos
sujetos a instrumentos de planeamiento del territorio, así como a usos de
comercio y servicios, industria y proyectos de vivienda según su tipo, que
impacten el sistema de movilidad. Estos estudios se clasifican de acuerdo con
su alcance en los siguientes:1. Estudio de Análisis Estratégico (EAE): Estudio que contiene el
análisis técnico a nivel Macro, de la situación actual y los impactos que
generará sobre la movilidad circundante las necesidades de reordenamiento vial.
Incluye análisis de demanda de transporte, comportamiento del tránsito actual y
proyectado y análisis de seguridad vial. Estos estudios se adelantarán por
parte de la Secretaría Distrital de Movilidad, como insumos para la formulación
de las Unidades de Planeamiento Local.2. Estudio de Transporte y Tránsito (ETT): Estudio que contiene el
análisis técnico de la situación actual y con proyecto, teniendo en cuenta la
estimación de demanda peatonal, de ciclistas, vehicular, análisis de
siniestralidad vial y de los impactos que el proyecto generará sobre la
movilidad circundante y su zona de influencia. Incluye la determinación de las
necesidades de transporte público, las soluciones de accesibilidad de los
usuarios y la capacidad de la infraestructura requerida tanto para el tránsito
no motorizado, como motorizado con modelación en los diferentes escenarios de
proyección y las acciones de mitigación de impactos sobre la movilidad.3. Estudio de Demanda y Atención de Usuarios (EDAU): Estudio que
contiene el análisis técnico que garantiza que la atención de la demanda tanto
de usuarios no motorizados como motorizados generada por el proyecto se
resuelva al interior y que su operación no producirá afectaciones sobre el
espacio público y las vías adyacentes. Incluye modelación de la situación
actual y con proyecto, análisis de puntos críticos en la malla vial circundante
y acciones de mitigación de impactos.Parágrafo. El procedimiento, requisitos y plazos para la
formulación y aprobación de los Estudios de Movilidad, serán reglamentados por
la Secretaría Distrital de Movilidad dentro de los seis (6) meses siguientes a
la entrada en vigencia del presente Plan. Hasta entonces se deben adelantar
Estudio de Transporte y Tránsito (ETT) para los usos dotacionales tipo 3 y
singulares, y los usos de comercio y servicios de tipo 3. Los usos
dotacionales, comercio y servicios e industria tipo 2, deberán desarrollar
Estudio de Demanda y Atención de Usuarios (EDAU)