Artículo 511
Artículo 511 Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá POT
Artículo 511.Instrumentos y mecanismos de financiación y gestión de suelo. Sin perjuicio de otros instrumentos y mecanismos previstos en las normas nacionales o distritales, los siguientes instrumentos serán implementados para contribuir al cumplimiento de las políticas, principios, objetivos y metas del presente Plan, bajo las condiciones específicas que se señalan en este capítulo:
1. Reajuste de terrenos.
2.Integración inmobiliaria.
3.Cooperación entre partícipes.
4.Unidades de actuación urbanística.
5.Unidades de gestión urbanística.
6.Obligaciones urbanísticas.
7.Edificabilidades básicas y adicionales condicionadas al cumplimiento de obligaciones urbanísticas o a la adquisición de derechos de construcción transferibles.
8.Transferencia de derechos de construcción y desarrollo.
9.Obligación de destinar porciones de suelo a la construcción de vivienda de interés social o prioritario o su equivalente en metros cuadrados de construcción.
10. Expropiación precedida de las etapas de enajenación voluntaria o negociación directa.
11.Anuncio de proyectos u obras.
12.Bancos de tierra o inmobiliarios.
13.Derecho de preferencia.
14.Declaratoria de desarrollo, construcción y uso prioritarios, sujeta a venta forzosa en pública subasta.
15.Acuerdos de conservación y de restauración ambiental.
16.Contribución de valorización.
17.Participación en plusvalías.
18. Retribución por aprovechamiento económico del espacio público.
19. Retribución por explotación económica de la infraestructura pública
20.Pagarés y bonos de reforma urbana.
21.Derecho real de superficie.
22.Titularización de ingresos tributarios futuros – TIRF.