Artículo 225 Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá POT
Artículo 225.Explotación económica de las
infraestructuras de la estructura funcional y del cuidado. Todos los servicios conexos a las
infraestructuras pueden ser objeto de explotación económica para la gestión del
suelo, la construcción, la operación, el mantenimiento, la adecuación, la
dotación, la administración y la sostenibilidad física de la infraestructura
entre otros.En el caso de la infraestructura de transporte, en el marco de las Áreas de
Integración Multimodal –AIM, la explotación económica de la infraestructura
podrá complementarse con los proyectos de renovación urbana para la movilidad
sostenible de que trata el siguiente artículo.