Artículo 457.Clasificación de los usos del suelo rural. Los usos del suelo rural se clasifican en agrícola, pecuario, forestal, residencial, dotacional, comercial y de servicios, minero y agroindustrial. Estos pueden ser pueden ser principales, complementarios, restringidos y prohibidos.

1.Principal (P): Uso del suelo que garantiza la vitalidad rural, de acuerdo con la categoría del suelo rural donde se localice.

2.Complementario (C): Uso del suelo que acompaña y complementa los usos principales y permite las dinámicas rurales.

3.Restringido (R): Uso del suelo que presenta algún grado de incompatibilidad y únicamente puede ser localizado cumpliendo con condiciones de localización o acciones de mitigación.

4.Prohibido: Cuando un uso no haya sido clasificado como principal, complementario, compatible o restringido.