Artículo 91 Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá POT
Artículo 91. Estrategias del Sistema de Espacio Público
Peatonal para el Encuentro. Entendiendo la función social del urbanismo y reiterando la visión del
espacio público como elemento estructurante del territorio y por tanto de la
ciudad, son estrategias del Sistema Distrital de Espacio Público Peatonal para
el Encuentro las siguientes:1. Generación de nuevo espacio público, mediante parques
estructurantes y de proximidad, para incrementar la cobertura con equilibrio
territorial de los espacios públicos para el encuentro, atendiendo el déficit
cuantitativo de Espacio Público, y las claras desigualdades en términos de
equidad territorial en la distribución de esos espacios públicos, lo que causa
inequidad entre las diferentes Unidades de Planeamiento Local de la ciudad en
relación con el acceso a espacios más y mejores espacios para su uso, goce,
disfrute y aprovechamiento de toda la ciudadanía, a través de la disminución
del déficit de Espacio Público y las condiciones de inequidad territorial.2. Cualificación, integración y conectividad del sistema con las demás
estructuras territoriales, para propiciar experiencias cualitativas,
seguras y corresponsables del espacio público.3. Renaturalización de los espacios públicos peatonales y para el
encuentro público con el fin de cualificar sus condiciones ambientales y de
confort, mitigar impactos ambientales que afectan directamente a la población,
así como de reducir el nivel de vulnerabilidad frente amenazas socio-naturales
y las amenazas por el cambio climático, generando resiliencia.4. Sostenibilidad y gestión orientada a salvaguardar los valores,
calidades y las formas de uso del espacio público para su aprovechamiento, goce
y disfrute con enfoque de género. Reconociendo la necesidad de articulación
interinstitucional para la gestión, seguimiento y evaluación de las acciones
sobre el espacio público, que identifiquen instrumentos y normas que permiten alcanzar
una gestión integral del espacio público.