Artículo 251.Plantas de Concreto. Son espacios destinados para la producción y abastecimiento de concreto que hacen parte del uso industrial y se pueden desarrollar en dos modalidades:

1. Plantas fijas: Son aquellas localizadas de manera permanente, cuya magnitud de producción permite abastecer a zonas y sectores de la ciudad. Sus instalaciones se componen de áreas administrativas y de control de calidad, talleres mecánicos y eléctricos, patios de almacenamiento y zonas de cargue y descargue, plantas de producción y parqueos. Son además centros de apoyo administrativo para las plantas móviles.

2. Plantas móviles o de Producción de concreto en Obra: Son aquellas que se localizan de manera transitoria, cuya producción abastece exclusivamente la demanda de un desarrollo urbanístico o arquitectónico y sus instalaciones se caracterizan por ser temporales y de fácil remoción.

Ver Decreto Distrital 152 de 2022.