Artículo 50 Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá POT
Artículo 50. Reserva Forestal Regional Productora del
Norte de Bogotá D.C., “Thomas van der Hammen”. En la jurisdicción del Distrito Capital se localiza la Reserva Forestal Regional Productora del Norte de Bogotá D.C., “Thomas van der Hammen”, como área de conservación in situ, conforme a lo establecido en el artículo 2.2.1.1.17.9 del Decreto Nacional 1076 de 2015 y las Resoluciones 475 y 621 de 2000 o la norma que los adicionen, modifiquen o sustituyan.Parágrafo. El régimen de usos se define en el Plan de Manejo Ambiental
adoptado por el Acuerdo 21 de 2014 de la Corporación Autónoma Regional de
Cundinamarca (CAR) o la norma que lo modifique, adicione o sustituya.