Artículo 450.Áreas de amenaza y riesgo no mitigable. Corresponde a las áreas identificadas para suelo rural en el Mapa CR-2.2.22 “Suelo de protección por riesgo para suelo rural y centros poblados” del presente Plan.

Su manejo se realizará conforme a lo definido en el Capítulo 2 del Componente Rural del presente Plan.