Artículo 583.Gestión Integral del Hábitat del Distrito Capital. La Secretaría Distrital del Hábitat coordinará la elaboración y formulación de propuestas de instrumentos y mecanismos para la planeación, gestión, financiación, estructuración, construcción, diseño, promoción y desarrollo de políticas, planes, programas o proyectos relacionados con la gestión integral del hábitat del Distrito Capital.

La programación presupuestal anual de las inversiones prioritarias que se vinculen con los proyectos de gestión del hábitat del Distrito Capital, será establecida por la Secretaría Distrital de Hacienda en coordinación con la Secretaría Distrital del Hábitat. Dicha programación está referida a los proyectos que deberán ser incorporados en el plan operativo anual de intervención en concordancia con lo previsto en los planes de inversiones del Plan de Desarrollo Distrital y los Planes de Acción de cada sector y entidad.

Parágrafo 1. Para la aplicación de este artículo, la gestión integral del hábitat se entiende como el conjunto de acciones relacionadas con las intervenciones físicas y las acciones en el funcionamiento social que contribuyan en el desarrollo territorial. Se entienden como intervenciones físicas aquellas relacionadas con las construcciones o actuaciones respecto de las edificaciones, espacio público, urbanización y ecosistemas que contribuyan en el logro de los estándares de calidad del hábitat en la ciudad de proximidad propuestos en el presente documento. Se entienden como acciones sobre el funcionamiento social las relacionadas con la coordinación, participación, información y formación para la producción del hábitat.

Parágrafo 2. La Secretaría Distrital del Hábitat será la entidad encargada de coordinar la implementación de nodos de equipamientos y espacio público en el marco del Plan Maestro del Hábitat y Servicios Públicos. Para la formulación de cada nodo de equipamientos se identificarán actuaciones complementarias de intervención del espacio público, se considerará la articulación con otros instrumentos, las entidades responsables de su ejecución, las condiciones institucionales requeridas y se definirán instrumentos de gestión y financiación. Cada Administración en el proceso de formulación del respectivo Plan de Desarrollo Distrital revisará la implementación de los nodos y la priorización de su ejecución.